¿Se puede tener doble residencia fiscal?
La doble residencia fiscal se produce cuando dos países consideran a una misma persona residente en su territorio y, en consecuencia, queda sujeta a la tributación por rentas mundiales en los dos países.
Desde el punto de vista legal, la doble residencia fiscal es una situación poco usual y negativa para los intereses de las personas físicas, empresas y de los propios países. España, como la mayoría de países de su entorno, sigue el modelo mayoritario y grava en función de la residencia de las personas físicas. Se considera que una persona es residente fiscal en España si:
- Permanece físicamente en territorio español más de 183 días.
- Si tiene en España la base principal de sus actividades laborales o intereses económicos de forma directa o indirecta.
El período de 183 días se calcula desde el primer día en que el contribuyente comienza su actividad fiscal en España. Si el contribuyente realizara viajes esporádicos al extranjero, y declarara el período de ausencia del país, la Agencia Tributaria no tendría en cuenta esas ausencias y seguiría considerándole residente fiscal en España.
Por ejemplo, si un ciudadano español realizara trabajos de forma temporal o eventual en India, el convenio de doble imposición entre ambos países juzgaría dónde debería tributar esos trabajos. Esto con el fin de evitar una situación de doble residencia fiscal en la que ambos países le exigieran el pago de impuestos por las actividades realizadas.
De forma legal, un residente extranjero de otro país de la Unión Europea no podría tener una doble residencia fiscal, ya que la Agencia Tributaria española podría solicitarle que declarara sus bienes en el extranjero como si de un natural se tratara; con las mismas deducciones y derechos fiscales que el resto de ciudadanos españoles. Será residente fiscal en España, a todos los efectos.
Incluso, en el caso de que una persona o empresa dedicara su actividad al mismo tiempo en dos países diferentes, su residencia fiscal se ubicaría en el país donde realizara la mayor parte de sus negocios, inversiones y, además, donde viva su núcleo familiar en caso de ser casado y con matrimonio registrado.
Gracias a los convenios de doble imposición, los países suelen llegar a acuerdos entre ellos para regularizar este fenómeno y decidir cuál es la residencia fiscal de la persona, empresa o inversor que realiza trabajos en ambos territorios. Para ello se emplean diversos mecanismos de control.
Por lo tanto, la doble residencia fiscal puede evitarse en la mayoría de los casos. Los convenios de doble imposición y a las normativas fiscales regulan las condiciones de residencia fiscal, teniendo en cuenta diversos factores como:
- Rendimientos obtenidos
- Duración del trabajo
- Apego familiar del residente extranjero
En algunos casos, los convenios de doble imposición determinan como residencia fiscal el país en el que el contribuyente obtenga la totalidad o la mayor parte de sus ingresos, independientemente de si vive o no en dicho país. Esto es lo que se conoce como doble residencia fiscal ficticia.
Sin embargo, al margen de su residencia fiscal, un país puede exigir a un particular el pago de impuestos por poseer allí propiedades o terrenos, por ejemplo. Esto no sería considerado un problema de doble residencia fiscal, ya que el sujeto puede estar pagando la renta derivada de ese terreno en otro país, pero no tributa el derecho de propiedad, que es lo que el otro Estado le puede reclamar.
Respecto a la doble residencia fiscal surgen varias preguntas. Por ejemplo:
- ¿Dos países pueden exigir declaraciones por el mismo período de cotización y los mismos ingresos?
- Soy irlandés y vivo en Dublín, pero mi actividad profesional aquí es casual. El próximo año trabajaré tres meses como profesor en España. ¿Dónde tendré que pagar impuestos?
- Soy jubilado noruego y vivo en España. ¿Noruega puede gravarme los ingresos de un plan de pensiones al que he cotizado durante más de 30 años?
- ¿Cómo podría afectarme el Brexit si tengo doble residencia fiscal?
Cada caso es particular y merece especial atención. Si te identificas con alguno de estos interrogantes, o tienes dudas respecto a la doble residencia fiscal, ponte en contacto con Duguech&Dip. Estamos aquí para ayudarte.
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*Debe tenerse en cuenta que la normativa de cualquiera de los países analizados así como los procedimientos establecidos pueden cambiar en cualquier momento y sin previo aviso.
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