Cambia proceso: nacionalidad española por residencia
El próximo 15 de octubre entrará en vigor el nuevo Decreto que establece los nuevos requerimientos para poder optar a la nacionalidad española por residencia.
De acuerdo con la Disposición final de la Ley 19/2015, el procedimiento dispone que:
- Las solicitudes para obtener la nacionalidad española se realizarán a través de una página web específica que incluye un sistema de petición de citas telemático. Los Registros civiles ya no gestionarán este trámite. La instrucción del procedimiento corresponderá a la Dirección General de los Registros y del Notariado.
- El interesado deberá superar dos pruebas: una que acredite el nivel básico de la lengua española (A2) en caso tal que el idioma español no sea su lengua nativa; la segunda prueba que valorará el conocimiento de la realidad social, cultural y de la Constitución española. Esta última será diseñada y evaluada por el Instituto Cervantes.
- El trámite ya no será gratuito, por lo que se tendrá que pagar una Tasa de aproximadamente 100 euros más el coste de las pruebas.
El cambio en el procedimiento supone la agilización del trámite.
Esta información tiene únicamente fines informativos. Para aclarara dudas o en caso de necesitar servicios profesionales en materia de Inmigración Global y Movilidad, póngase en contacto con nuestro despacho.
*Debe tenerse en cuenta que la normativa de cualquiera de los países analizados así como los procedimientos establecidos pueden cambiar en cualquier momento y sin previo aviso.
Si quieres más información sobre éste y otros temas similares suscríbete a nuestro Newsletter aquí.