Aprobado el acceso sin visado a la UE para británicos después del Brexit
Los ciudadanos del Reino Unido no necesitarán visa para ingresar en la Unión Europea para desplazamientos de corta duración, es decir, hasta 90 días en cualquier período de 180 días, después del Brexit.
La medida supone que después del 1 de enero de 2021, los ciudadanos británicos deben solicitar una autorización de viaje ETIAS antes de su ingreso a la UE.
La exención de visado se aplicará a los países miembros de la Unión Europea, en los países del territorio Schengen que no pertenecen a la UE (Liechtenstein, Suiza, Noruega e Islandia).
La norma aplica una excepción a Irlanda, que tiene su propia política de visados bajo la ley Ley de Irlanda de 1949, que se mantiene en Reino Unido independientemente de si hay un Brexit con o sin acuerdo.
La exención de visado no contempla el derecho a trabajar en la UE o para estancias superiores a 90 días en un período de 180 días.
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*Debe tenerse en cuenta que la normativa de cualquiera de los países analizados así como los procedimientos establecidos pueden cambiar en cualquier momento y sin previo aviso.
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