Cómo obtener la autorización de Residencia No Lucrativa
La residencia no lucrativa es una autorización que permite a un ciudadano extranjero -no europeo- residir en España sin ejercer ninguna actividad laboral, durante un período superior a 90 días e inferior a 5 años.
La autorización de residencia no lucrativa está dirigida al ciudadano extranjero, que no pertenezca a la UE o al Concierto Económico Europeo (incluida Suiza), que desee residir en España por un periodo superior a 90 días, e inferior a 5 años, sin tener que realizar ninguna actividad laboral ni empresarial en el país.
Por lo tanto, es importante saber que debe solicitarse sólo en el caso de poder disponer de los recursos económicos suficientes que permitan al solicitante subsistir durante el periodo de vigencia de la residencia no lucrativa.
El procedimiento de solicitud de la autorización de residencia no lucrativa debe iniciarse junto con la del visado español. Para ello, el interesado debe acudir a una misión diplomática o a una oficina consular de España e informar de su deseo de obtener esa autorización. La institución donde se haya tramitado la petición recogerá la solicitud y se la remitirá, junto con los documentos requeridos para el trámite, a la Delegación del Gobierno de la región española donde el interesado vaya a residir.
Dicha Delegación del Gobierno estudiará la solicitud y, en caso afirmativo, informará a la oficina consular de que el interesado es apto para recibir la autorización de residencia no lucrativa. Entonces, el solicitante será informado de que le ha sido concedida la autorización, y se le expedirá, junto con el visado, una autorización inicial. Esta entra en vigor en el momento en que el ciudadano extranjero pisa territorio español, si lo hace en el plazo de un mes desde la concesión.
Ya en territorio español, el poseedor de la residencia no lucrativa deberá recoger -también en el plazo de un mes- la tarjeta de residencia de extranjeros en la oficina de extranjería del lugar donde resida.
Durante el período de trámite en que la Delegación del Gobierno estudia el caso, la oficina consular a la que ha acudido el solicitante puede concertar con él una entrevista, con el fin de verificar los datos entregados y evitar posibles casos de fraude. El interesado está obligado a acudir, pues de no hacerlo, se archivará su caso y se le denegará el visado de entrada a España.
La vigencia de la autorización de residencia no lucrativa es de un año. Para renovarla, el solicitante, o su representante, deberá cumplimentar un documento por duplicado en el que solicita la renovación y presentarla en la agencia de inmigración, delegación provincial, ayuntamiento o Delegación del Gobierno del territorio de España donde resida.
El plazo para presentar esta solicitud de renovación abarca desde los 60 días anteriores al fin de la vigencia de la autorización de residencia no lucrativa, hasta los 90 días posteriores a su caducidad.
Para más información acerca de cómo obtener una autorización de residencia no lucrativa en España, recomendamos visitar esta página del Ministerio de Exteriores donde se detalla la lista de requisitos necesarios que debe reunir el solicitante para optar a ella.
Esta información no constituye bajo ningún concepto asesoramiento jurídico, sirviendo sólo a efectos informativos. En caso de necesitar servicios profesionales en materia de Inmigración Global y Movilidad, póngase en contacto con nosotros.
*Debe tenerse en cuenta que la normativa de cualquiera de los países analizados así como los procedimientos establecidos pueden cambiar en cualquier momento y sin previo aviso.
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