Aprobada concesión de nacionalidad española a Sefardíes
El pasado mes de junio se aprobó en el Congreso de los Diputados la Ley que otorga la nacionalidad española a los sefardíes descendientes los judíos que fueron expulsados de España en el siglo XV.
La Ley dispone que no es preciso renunciar a la nacionalidad de origen ni es necesario un tiempo mínimo de residencia en España, al tiempo que establece un plazo de hasta tres años, prorrogable por otro, para que los interesados expresen su deseo de adquirir la nacionalidad.
La solicitud deberá realizarse a través de la plataforma en línea que estará activa el 1 de octubre de 2015 y establece el pago de una tasa de 100 euros, además de la superación de las pruebas administradas por el Instituto Cervantes.
En este enlace se encuentran los requisitos necesarios para optar a la nacionalidad española por carta de naturaleza.
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*Debe tenerse en cuenta que la normativa de cualquiera de los países analizados así como los procedimientos establecidos pueden cambiar en cualquier momento y sin previo aviso.