¿Ya sabes cuándo presentar los documentos de renovación de residencia?
Para quienes están en proceso de renovación de residencia es importante que conozcan los plazos de presentación de la documentación. Esta debe ser presentada en los 60 días previos a la caducidad de la autorización y, excepcionalmente, dentro de los 3 meses posteriores a la caducidad; en este caso, se puede estar sujeto a una penalización.
La presentación anticipada, fuera de los plazos previstos ya indicados, supone la inadmisión al trámite de la solicitud.
Además de ajustarse a los tiempos de presentación, es necesario considerar que, para optar a la renovación de residencia temporal, no se podrá haber permanecido fuera de España más de seis meses continuos. De exceder este tiempo, la autorización puede verse extinguida.
Si se ha cambiado de residencia y de provincia durante la vigencia de la autorización, al momento de renovar la autorización, deberá valorarse a qué provincia corresponde el trámite, por lo que tendrá que tener actualizado el empadronamiento.
Ahora bien, si la renovación de residencia que corresponde es la de larga duración, será preciso considerar, otras limitaciones con respecto al tiempo de permanencia fuera de España. En los 5 años anteriores a la solicitud de residencia de larga duración, no podrá haber permanecido fuera de España más de 10 meses. Esto sumando todas las salidas del país. Adicionalmente, no podrá haber permanecido en el extranjero de forma continuada, más de 6 meses.
Esta información no constituye bajo ningún concepto asesoramiento jurídico, sirviendo sólo a efectos informativos. En caso de necesitar servicios profesionales en materia de Inmigración Global y Movilidad, póngase en contacto con nuestro despacho.
*Debe tenerse en cuenta que la normativa de cualquiera de los países analizados así como los procedimientos establecidos pueden cambiar en cualquier momento y sin previo aviso.
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