Criterios para denegar la entrada a la UE
El pasado 1 de julio de 2020 se levantaron oficialmente las restricciones de viaje a los ciudadanos de la Unión Europea y sus familiares. Es decir, desde esta fecha está permitido el libre tránsito. Sin embargo, hay limitaciones que se imponen a nacionales de terceros países que deseen movilizarse bajo el criterio de «viaje no imprescindible».
La medida de restricción entra en vigor el 22 de julio y se extiende hasta el 30 de julio. Es aplicable a todos los extranjeros de terceros países que deseen ingresar a cualquier país de la UE o Estado asociado Shengen, salvo aquellos que respondan a los siguientes criterios:
- Residentes habituales en la Unión Europea, Estados asociados Schengen, Andorra, Mónaco, El Vaticano o San Marino.
- Titulares de un visado de larga duración expedido por un Estado miembro o Estado asociado Schengen.
- Profesionales de la salud, incluidos investigadores sanitarios y profesionales del cuidado de mayores.
- Personal de transporte, marinos y el personal aeronáutico necesario para llevar a cabo las actividades de transporte aéreo.
- Personal diplomático, consular, de organizaciones internacionales, militares, de protección civil y miembros de organizaciones humanitarias.
- Estudiantes que realicen estudios en los Estados miembros o asociados Schengen y que dispongan permiso o visado y seguro médico.
- Trabajadores altamente cualificados cuya labor sea necesaria y no pueda ser pospuesta o realizada a distancia.
- Personas que viajen por motivos familiares imperativos.
- Personas que acrediten motivos de fuerza mayor o situación de necesidad, o cuya entrada se permita por motivos humanitarios.
- Residentes de: Argelia, Australia, Canadá, Georgia, Japón, Marruecos, Nueva Zelanda, Ruanda, Corea del Sur, Tailandia, Túnez, Uruguay y China.
Si deseas más información sobre las restricciones de viaje o las medidas de control sanitario impuestas, consulta nuestra web, o ponte en contacto con Duguech&Dip.
Esta información no constituye bajo ningún concepto asesoramiento jurídico, sirviendo sólo a efectos informativos. En caso de necesitar servicios profesionales en materia de Inmigración Global y Movilidad, póngase en contacto con nosotros.
*Debe tenerse en cuenta que la normativa de cualquiera de los países analizados, así como los procedimientos establecidos pueden cambiar en cualquier momento y sin previo aviso.
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