Comunicado oficial sobre estancias de extranjeros en España
El pasado 14 de marzo de 2020 se publicó el Real Decreto 463/2020. Esto tras la imposición del Estado de Alarma como medida para atender la crisis sanitaria;
Este comunicado sobre estancias de extranjeros, establece la suspensión de los plazos de expiración. Estos plazos están relacionados con: las estancias de ciudadanos nacionales de otros países que no han podido retornar a su país. Básicamente, por la emergencia internacional derivada del coronavirus,
La medida implementada por la Dirección General de Migraciones, es el resultado de la instrucción aprobada a finales de febrero. En esta medida se posibilitaba la prórroga de visados de estancia a los residentes en China que no podían retornar a su país. Esta situación estaba causada por la cancelación de vuelos que suponía el Covid-19.
La extensión del virus en las últimas semanas ha llevado a romar medidas. Estas medidas incluyen suspender los plazos de expiración de las estancias de nacionales de terceros estados cuyo retorno no es posible. Esta medida es aprobada, previendo un progresivo cierre de fronteras. Esta medida se suma a la suspensión de los plazos administrativos. Además, de plazos de prescripción y caducidad de los trámites y procedimientos de extranjería, ya descrita aquí. Esta información no constituye bajo ningún concepto asesoramiento jurídico, sirviendo sólo a efectos informativos. En caso de necesitar servicios profesionales en materia de Inmigración Global y Movilidad, póngase en contacto con nosotros. *Debe tenerse en cuenta que la normativa de cualquiera de los países analizados así como los procedimientos establecidos pueden cambiar en cualquier momento y sin previo aviso. © 2020 Duguech & Dip, S.L.P. – Todos los derechos reservados