Cómo tramitar la residencia no lucrativa en España
El visado de residencia inicial no lucrativa se concede a ciudadanos no comunitarios que acrediten fondos suficientes para residir en España sin realizar ningún tipo de actividad económica durante un año.
Es renovable por dos años, dos veces consecutivas; y en la tercera renovación se puede solicitar la residencia de larga duración en España.
La residencia no lucrativa se puede solicitar de forma conjunta con la familia. No es necesario esperar un año de residencia como en el procedimiento corriente de reagrupación familia.
Cada año vivido en España con la residencia no lucrativa computa para el total necesario para la nacionalidad.
Requisitos para solicitar la residencia no lucrativa
- No encontrarse en España en situación irregular
- No tener antecedentes penales en España y en los países donde haya residido durante los últimos cinco años.
- No figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmada un convenio en tal sentido.
- Contar con medios económicos suficientes para atender sus gastos y, dado el caso, los de su familia sin necesidad de desarrollar ninguna actividad laboral o profesional.
- Contar con un seguro médico concertado con una entidad autorizada para operar en España.
- No encontrarse, en su caso, dentro del plazo de compromiso de no retorno a España que el extranjero haya asumido al retornar voluntariamente a su país de origen.
- No padecer ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusiones de salud pública graves de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005.
- Abonar la tasa correspondiente al trámite.
- Pasaporte en vigor con vigencia mínima de un año vista.
¿Qué significa tener medios económicos suficientes?
Según la normativa, el IPREM, (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) el referente para establecer que el solicitante cuenta con medios económicos suficientes para su manutención.
Este indicador define la cantidad mínima de dinero que una persona debe ganar anualmente para ser elegible para diferentes subsidios.
En el caso de la residencia no lucrativa, es necesario demostrar que se dispone del 400% del IPREM en la cuenta bancaria anualmente.
Procedimiento para la solicitud de la residencia no lucrativa
- La solicitud de la residencia no lucrativa se hace presencialmente en la oficina consular española del país donde reside el solicitante.
- Una vez que ha sido presentada la solicitud, la Delegación o Subdelegación del Gobierno, resolverá la concesión o denegación en el plazo máximo de un mes.
- La eficacia de la autorización quedará supeditada a la expedición, en su caso, del visado y a la efectiva entrada del extranjero en territorio nacional.
- Si la resolución es desfavorable, la misión diplomática u oficina consular notificará la resolución.
Si necesitas más información sobre cómo tramitar la solicitud de residencia no lucrativa, llámanos. En Duguech&Dip tenemos más de diez años de experiencia tramitando este visado.
Esta información no constituye bajo ningún concepto asesoramiento jurídico, sirviendo sólo a efectos informativos. En caso de necesitar servicios profesionales en materia de Inmigración Global y Movilidad, póngase en contacto con nosotros.
*Debe tenerse en cuenta que la normativa de cualquiera de los países analizados, así como los procedimientos establecidos pueden cambiar en cualquier momento y sin previo aviso.
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