Claves de la Ley de Startups
Autorización de residencia para estudiantes, emprendedores, inversores extranjeros y visado para nómadas digitales
La nueva norma establece modificaciones en la duración de las autorizaciones de residencia y crea el visado para nómadas digitales, facilitando así el proceso para atraer y retener talento internacional.
Con la Ley de Startups se amplía la autorización inicial de residencia de uno a tres años para emprendedores que quieran iniciar una actividad laboral en España. Además, podrán renovar el permiso por dos años y solicitar la residencia permanente a los cinco años. Durante los primeros seis meses de estancia, será suficiente con el pasaporte para darse de alta en la Seguridad Social.
En el caso de los estudiantes se amplía la autorización de residencia de uno a dos años para quienes están en prácticas, en búsqueda de empleo o para quienes quieran emprender al finalizar sus estudios.
Para inversores extranjeros, se incrementa la autorización inicial de residencia de uno a tres años.
Además, para los solicitantes de autorizaciones de residencia en el marco de la Ley de Startups se facilita la expedición del Número de Identificación de Extranjero (NIE); y se habilita una página web para las solicitudes en línea.
Visado para nómadas digitales
Este visado podrán solicitarlo extranjeros no residentes en España que trabajan a distancia para una empresa radicada en otro país o para sí mismos, y tendrá validez inicial de un año.
Siempre que se mantengan los requisitos del visado para teletrabajo, la autorización de residencia tendrá una duración máxima de tres años, renovable por períodos de dos años.
Impatriados
Los trabajadores, emprendedores, inversores, profesionales altamente cualificados y sus familias podrán tributar por el Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR) durante el periodo impositivo de cambio de residencia y los cinco siguientes. Así más contribuyentes puedan beneficiarse y se fomenta el teletrabajo internacional.
Fomento de la inversión extranjera
La Ley de Startups incluye modificaciones para reducir los trámites burocráticos para los inversores que no residentes en España, con el objetivo de facilitar los procesos de inversión extranjera en empresas españolas.
Con la nueva normativa los inversores extranjeros que aporten capital a una empresa emergente de nueva constitución, o ya constituida, no estarán obligados a obtener el Número de Identidad de Extranjero (NIE). El único requisito será la solicitud electrónica del número de identificación fiscal (NIF) a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
La Oficina Nacional de Emprendimiento (ONE)
La nueva Oficina Nacional de Emprendimiento (ONE) será la encargada de ordenar y coordinar los servicios de apoyo al emprendimiento. Será ventanilla única de servicios para los emprendedores, y servirá como punto de atención y orientación del emprendimiento innovador en España.
Además, ofrecerá información para la concesión de visados y autorización de residencia para emprendedores, inversores y profesionales altamente cualificados.
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*Debe tenerse en cuenta que la normativa de cualquiera de los países analizados, así como los procedimientos establecidos pueden cambiar en cualquier momento y sin previo aviso.
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