¿Cuáles son los requisitos para teletrabajar desde España siendo extranjero?
En los últimos años, se ha producido el auge del teletrabajo, una modalidad que presenta numerosas ventajas y comodidades. Existe la posibilidad de teletrabajar para cualquier parte del mundo, sin movernos de nuestras casas. Pero, quizás si quieres moverte de tu casa y tener la experiencia de vivir en España ¿Es posible? ¿Te gustaría conocer cuáles son los requisitos?
España se presenta como una gran opción para teletrabajadores internacionales, que buscan disfrutar de su cultura, clima y propuestas de ocio. Todo esto sin necesidad de buscar un nuevo empleo, y conservando las comodidades del teletrabajo.
En tanto la legislación acompaña los cambios sociales, con la nueva ley española es posible teletrabajar en España siendo extranjero. La ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes, ha introducido una nueva figura migratoria en la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, referida a los teletrabajadores de carácter internacional, también conocidos como nómadas digitales.
Recientemente, la ley fue complementada por la instrucción conjunta del Director General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares y el Director General de Migraciones del 30 de marzo de 2023. Esta instrucción esclarece los aspectos prácticos de aplicación de la ley anteriormente mencionada para la tramitación de las solicitudes de visados y autorizaciones de residencia de teletrabajo de carácter internacional.
Ahora, seguramente te preguntas cuáles son los requisitos para poder solicitar un visado o autorización de residencia de teletrabajo de carácter internacional. Por fortuna, la instrucción conjunta del 30 de marzo nos lo aclara, incluyendo un listado de la documentación a presentar.
La solicitud de visado o autorización de residencia para teletrabajar en España deberá incluir la siguiente documentación:
- Copia del pasaporte completo o documento de viaje en vigor.
- Justificante de haber abonado la tasa correspondiente.
- Formulario de solicitud firmado por la persona teletrabajadora.
- Acreditación de una relación laboral o profesional mínima de tres meses a la fecha de la solicitud con la empresa o empresas extranjeras con la que mantiene dicha relación.
- Acreditación de una actividad real y continuada durante al menos un año de la empresa extranjera o empresas con la que la persona trabajadora mantiene relación laboral o profesional.
- En los supuestos de una relación laboral, carta de la empresa extranjera autorizando el trabajo en remoto desde España.
- En los supuestos de una relación profesional, documentación que acredite los términos y condiciones en que ejercerá la actividad.
- Acreditación de contar recursos económicos suficientes, en los términos establecidos en la instrucción tercera.
- Certificado de antecedentes penales y declaración responsable de la inexistencia de antecedentes penales de los últimos 5 años.
- Acreditación de contar con un seguro público o privado de enfermedad, en los términos establecidos en la instrucción quinta.
- Declaración responsable donde figure el compromiso de cumplimiento, con carácter previo al inicio de la actividad laboral o profesional, de las obligaciones en materia de seguridad social y, en caso de no cobertura mediante norma internacional de coordinación de sistemas de seguridad social y trabajo por cuenta ajena, acreditación de la inscripción de la empresa en la Seguridad Social.
- Copia de la titulación o documentación que acredite una experiencia profesional de al menos tres años.
Cabe aclarar que las solicitudes de visado deberán acompañarse, adicionalmente, de todos los documentos que sean requeridos en la normativa vigente en materia de visados. Además, cuando se incluyan documentos públicos extranjeros se exigirá que dichos documentos sean legalizados por vía diplomática o apostillados.
Extensión del visado o la autorización de residencia para teletrabajo
Quizás te surgieron algunas dudas. Por ejemplo, ¿por cuánto tiempo se concede el permiso para teletrabajar desde España? La respuesta varía, depende si se trata de un visado o una autorización de residencia para teletrabajadores internacionales.
En el caso del visado, su período de validez será como máximo de un año. En el supuesto de la autorización de residencia, tendrá una vigencia máxima de tres años.
Luego de leer esta información, posiblemente te preguntes ¿Cuándo debo solicitar un visado para teletrabajo y cuando una autorización de residencia para teletrabajo? Si te encuentras en tu país de origen, debes solicitar un visado. En cambio, si te encuentras en España de forma regular, solicitarías un permiso de residencia.
¿Tienes más dudas? ¿Te gustaría teletrabajar y vivir en España? Contáctanos y te ayudamos. En Duguech&Dip contamos con más de diez años de experiencia en trámites de visados y permisos de residencia y trabajo.
Esta información no constituye bajo ningún concepto asesoramiento jurídico, sirviendo sólo a efectos informativos. En caso de necesitar servicios profesionales en materia de Inmigración Global y Movilidad, póngase en contacto con nosotros.
*Debe tenerse en cuenta que la normativa de cualquiera de los países analizados, así como los procedimientos establecidos pueden cambiar en cualquier momento y sin previo aviso.
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